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Abogados Bancarrota Miami

LLAME A ABOGADOS EXPERTOS EN QUIEBRAS

AYÚDENOS A COMPRENDER SUS OPCIONES DE REDUCCIÓN DE LA DEUDA

Muchas personas de todas las profesiones y condiciones sociales luchan contra la gestión de la deuda. Médicos, oficinistas, secretarias, trabajadores de la construcción, propietarios de pequeñas empresas y un sinfín de personas que, por diversas razones, se han visto abrumadas por las deudas.

En Héctor Hernández & Associates, P.A. manejamos varias bancarrotas al año para clientes de todas las clases sociales en varias situaciones financieras.

En general, existen dos tipos principales de quiebra. La opción más adecuada para usted dependerá de sus circunstancias y objetivos.

Si tienes cualquier situación legal, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y hablarnos de tu caso, estaremos encantados de ayudarte.

BANCARROTA CAPÍTULO 7:

Principalmente ayudamos a los clientes a declararse en quiebra en virtud del Capítulo 7. Con este tipo de quiebra, los individuos – incluso los propietarios de pequeñas empresas – pueden tratar de descargar la deuda de tarjetas de crédito, facturas médicas y otros tipos de préstamos. El proceso tarda tan sólo 90 días en completarse. Una vez que se aprueba la exoneración, los individuos son liberados de la mayor parte de la deuda que han estado llevando durante años.

BANCARROTA CAPÍTULO 13:

En algunos casos, el Capítulo 13 de bancarrota puede ser una mejor opción, especialmente para los propietarios de viviendas. En virtud del Capítulo 13, se reestructura la carga de la deuda de una persona. Se establece un plan de pagos mensuales mediante el cual la persona hace pagos mensuales, según lo determinado por un administrador de bancarrota, durante un período de tres a cinco años.
Hay diferencias importantes entre el Capítulo 13 y el Capítulo 7, con beneficios y desventajas para cada uno.

En Héctor Hernández & Asociados, P.A. podemos ofrecerle orientación sobre la mejor opción de bancarrota para su situación.

RECUPERE EL CONTROL DE SU BIENESTAR FINANCIERO Y EMOCIONAL.

Si usted está enfrentando el acoso diario de los acreedores, embargos de salarios o procedimientos de ejecución hipotecaria, póngase en contacto con un abogado con experiencia en bancarrota para obtener ayuda.

Podemos ayudarle a restaurar su futuro financiero y trabajar para mejorar su vida. Nuestros abogados han ayudado a miles de personas en su misma situación. Permítanos ayudarle.

Preguntas frecuentes
Existen principalmente dos tipos de bancarrota: el Capítulo 7 y el Capítulo 13. El Capítulo 7 generalmente cancela la mayoría de las deudas, mientras que el Capítulo 13 permite reorganizar las deudas y realizar pagos a lo largo de un período de tiempo. La opción más adecuada para usted dependerá de sus ingresos, activos y tipo de deudas. Nuestros abogados especializados en bancarrota pueden evaluar su situación y recomendar la mejor opción.

La posibilidad de conservar su casa en un proceso de bancarrota depende del tipo de bancarrota que elija y de sus circunstancias específicas. En algunos casos, puede ser posible mantener su casa si está al día con los pagos de la hipoteca o si puede ponerse al día con los pagos atrasados a través de un plan de pago.

El tiempo que una bancarrota permanece en su historial crediticio varía dependiendo del tipo de bancarrota. Una bancarrota del Capítulo 7 generalmente permanece en su informe crediticio durante 10 años, mientras que una bancarrota del Capítulo 13 permanece durante 7 años.
Sí, es posible declararse en bancarrota si tiene un negocio. La bancarrota del Capítulo 7 puede liquidar los activos de su negocio para pagar a los acreedores, mientras que el Capítulo 13 puede permitirle reorganizar las deudas de su negocio y continuar operando.
Las deudas tributarias no siempre pueden ser descargadas en un proceso de bancarrota. Sin embargo, existen excepciones y la posibilidad de negociar un acuerdo de pago con el Servicio de Impuestos Internos (IRS). Es importante consultar con nuestros abogados para determinar cómo se tratarán sus impuestos en su caso específico.

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